Los inquilinos con una base imponible inferior a 33.007,20 euros podrán volver a desgravarse parte del alquiler en la declaración de la Renta. La deducción, del 10 % de lo pagado por la vivienda habitual y con un máximo de 1.163 euros al año, figura en el Real Decreto-ley 29/2026, publicado en el BOE el 7 de octubre y en vigor desde el día 8.
Según Infobae, la medida se aplicará a lo pagado durante 2026, es decir, en la declaración que se presentará en 2027. Pero todavía no es definitiva: el decreto tiene que pasar por la Diputación Permanente del Congreso.
Cuánto se puede deducir
El cálculo depende de dos datos: el alquiler pagado en el año y la base imponible del contribuyente.
- Base imponible de hasta 23.007,20 euros. Se deduce el 10 % del alquiler pagado, con un tope de 11.630 euros de alquiler al año. Quien paga 700 euros al mes (8.400 euros al año) podrá deducirse 840 euros. El máximo, 1.163 euros, se alcanza a partir de 11.630 euros anuales de alquiler.
- Base imponible entre 23.007,20 y 33.007,20 euros. El tope de alquiler deducible baja 1,163 euros por cada euro que se supera el primer umbral. Con una base de 30.007,20 euros, por ejemplo, solo cuentan 3.489 euros de alquiler: la deducción máxima queda en 348,90 euros.
- Base imponible de 33.007,20 euros o más. No hay deducción. El BOE exige que la base sea «inferior» a esa cifra.
La deducción se aplica sobre la parte estatal del impuesto, según el texto del BOE. Estos son algunos casos calculados con la fórmula publicada:
| Base imponible | Alquiler anual pagado | Deducción |
|---|---|---|
| Hasta 23.007,20 euros | 6.000 euros (500 al mes) | 600 euros |
| Hasta 23.007,20 euros | 8.400 euros (700 al mes) | 840 euros |
| Hasta 23.007,20 euros | 12.000 euros (1.000 al mes) | 1.163 euros (máximo) |
| 25.007,20 euros | 12.000 euros | 930,40 euros |
| 28.007,20 euros | 12.000 euros | 581,50 euros |
| 30.007,20 euros | 12.000 euros | 348,90 euros |
| 33.007,20 euros o más | Cualquiera | 0 euros |
El requisito que puede dejar fuera a muchos
No basta con pagar un alquiler. Durante al menos la mitad del año, ni el inquilino ni ningún miembro de su unidad familiar pueden ser propietarios, ni tener un derecho de uso o disfrute, de otra vivienda situada a menos de 50 kilómetros de la que tienen alquilada. La única excepción es que una resolución administrativa o judicial les impida vivir en ella.
En la práctica, quien sea dueño de otro piso en la misma ciudad, aunque no viva en él, queda fuera. El texto habla, eso sí, de la «totalidad del pleno dominio» y no detalla los casos de propiedad compartida, como una herencia entre hermanos: ante la duda, conviene consultar a la Agencia Tributaria.
Una ventaja que había desaparecido en 2015
La deducción estatal por alquiler dejó de existir para los contratos firmados a partir del 1 de enero de 2015. La Ley 26/2014 solo la mantuvo, en régimen transitorio, para quienes ya la aplicaban, recuerda Infobae. El nuevo modelo no copia el anterior: fija un porcentaje del 10 % y unos límites ligados a la base imponible.
Qué falta para que sea definitiva
Un real decreto-ley está en vigor desde su publicación, pero tiene que ser convalidado por el Congreso. Con las Cortes disueltas por las elecciones generales del 29 de noviembre, esa votación corresponde a la Diputación Permanente. El plazo vence el sábado 14 de noviembre, según El Mundo.
Este decreto es casi idéntico al que el Congreso rechazó el 2 de octubre con los votos de PP, Vox y Junts, según 20minutos. En la Diputación Permanente, según el mismo diario, PSOE, Sumar, ERC, Bildu, PNV y Podemos suman 35 votos, frente a los 34 de PP, Vox y Junts. La portavoz del PNV, Maribel Vaquero, confirmó que su grupo votará a favor de este primer decreto. Si nadie cambia de posición, saldría adelante por un voto; si no se convalida, decaería, y con él la deducción. El PP, a través de Borja Sémper, ha calificado la fórmula de «disparate democrático».
El segundo decreto de vivienda, el Real Decreto-ley 28/2026, que regula prórrogas largas de los contratos y compensaciones si el propietario no renueva, lo tiene más difícil: el PNV ha anunciado que votará en contra, según 20minutos.
Qué conviene hacer ya
- Guardar los justificantes de pago del alquiler de 2026, mejor por transferencia o recibo bancario, junto con el contrato.
- Comprobar la base imponible de la última declaración para saber en qué tramo se está.
- Revisar si alguien de la unidad familiar es titular de otra vivienda a menos de 50 kilómetros.
- Esperar a la Agencia Tributaria. Si el decreto se convalida, Hacienda tendrá que concretar cómo se aplicará la deducción en la campaña de la Renta 2027.
La votación llega en plena movilización por la vivienda, a menos de un mes de la huelga general convocada para el 11 de noviembre.
Fuentes
- BOE, Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre, de medidas urgentes para la protección de la función social de la vivienda y la ampliación de la oferta de vivienda asequible
- Infobae, Claves para la renta 2027: el BOE publica la recuperación de la deducción estatal por alquiler, 13 de octubre de 2026
- 20minutos, Los decretos de vivienda no irán esta semana a la Diputación Permanente, 11 de octubre de 2026
- La Moncloa, rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, 6 de octubre de 2026







